Con fecha 13 de mayo de 2025 se ha convocado el programa de ayudas para la ejecución de obras de mejora de la accesibilidad en viviendas y edificios, lo que permitirá el acceso a dichos lugares a las personas mayores y a aquellas personas con diversidad funcional que lo necesiten.
Las actuaciones subvencionables variarán en función de cada uno de los programas a los que se puedan presentar, quedando acotadas aquellas que serán subvencionables entre los siguientes supuestos:
Programa 1. Dirigido a edificios de tipología residencial colectiva:
- Instalación de ascensor o ascensores homologados, incluyendo otras obras de accesibilidad complementarias vinculadas a su instalación, en edificios con antigüedad superior a quince (15) años y mínimo de dos (2) plantas más la baja.
- Actuaciones dirigidas a mejorar la accesibilidad de los ascensores ya existentes, tales como ampliar el recorrido del ascensor (cota 0), aumento de tamaño de cabina o zona de paso, sustitución de puertas abatibles por laterales automáticas e instalación de botoneras accesibles, incluyendo otras obras de accesibilidad complementarias vinculadas.
- Instalación de plataformas elevadoras, sillas salvaescaleras, grúas o artefactos análogos que permitan el acceso y uso por parte de las personas con diversidad funcional a elementos comunes del edificio, tales como desembarco de ascensor, urbanización exterior, áreas recreativas, jardines, piscinas, zonas deportivas y otros similares, incluyendo otras obras de accesibilidad complementarias vinculadas.
- Obras de supresión de barreras arquitectónicas para disponer itinerarios accesibles, como ejecución de rampas, eliminación de peldaños, ampliación de zonas de paso, ampliación del ancho de puertas, colocación de pasamanos en pasillos y escaleras. Marcado de itinerarios y/o señalización de obstáculos mediante la colocación de avisos, con pavimento y encaminamientos podotáctiles, señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras y ascensores.
Programa 2. Dirigido a viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva o vivienda unifamiliar agrupada en fila:
- Reforma de cuartos de baño para convertirlos en espacios accesibles conforme a la normativa, incluyendo la sustitución de bañeras por platos de ducha, sustitución de inodoros y lavabos por sanitarios adaptados (incluso grifería) e instalación de apoyos y asideros.
- Reforma de cocinas para convertirlas en espacios accesibles conforme a la normativa, incluyendo la adaptación de mobiliario de cocina y electrodomésticos para transformarlos en elementos accesibles.
- Ampliación de puertas de paso y zonas de circulación conforme a la normativa, incluso sustitución de puertas abatibles por puertas correderas.
- Instalación de maquinaria o dispositivos mecánicos homologados para eliminar barreras arquitectónicas en el interior de viviendas (salva escaleras, aparatos elevadores, etc.). La instalación de elementos de información o de aviso tales como con pavimento y encaminamientos podotáctiles, señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras, ascensores y del interior de las viviendas, automatismos para la apertura de puertas incorporando mecanismos motorizados, videoporteros u otros dispositivos de accesibilidad.
El importe asignado a estas subvenciones está consignado en la aplicación presupuestaria de gasto 2000-150-78001 del presupuesto municipal 2025, distribuyéndose de la siguiente manera:
- Programa 1: Para edificios de tipología residencial colectiva. Con una dotación de 150.000 € (ampliables en 150.000 € adicionales).
- Programa 2: Para viviendas ubicadas en edificios de tipología residencia colectiva o vivienda unifamiliar o agurpadas en fila. Con una dotación de 50.000 € (ampliables en 50.000 € adicionales).
Los destinatarios de este programa serán personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva y viviendas unifamiliares del término municipal de Fuenlabrada.
Las solicitudes para el Programa 1 deberán presentarse obligatoriamente de manera telemática, siendo para el Programa 2 posible presentar las solicitudes tanto de manera presencial como telemática.
Plazo de solicitud: desde el 15/05/2025 hasta el 05/09/2025
Mas información en:
CONVOCATORIA BOCM