La finalidad de las subvenciones objeto de la presente convocatoria es el fomento de las actuaciones de renovación en el ámbito denominado “Poblado Dirigido de Caño Roto”, de manera que, por la especial vulnerabilidad socio- económica detectada en el ámbito y el deficiente estado constructivo de sus edificaciones, se realice una intervención específica y global que garantice las condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad de las mismas, incluyendo las actuaciones de demolición y de nueva construcción de aquellas edificaciones que técnicamente lo requieran.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las personas físicas propietarias de edificios residenciales de uso vivienda, en categoría unifamiliar y promotoras de las actuaciones. En caso de existir varios propietarios, se deberá designar entre ellos al promotor y responsable de la obra.
Las subvenciones se concederán para obras de sustitución, que serán las de demolición y nueva construcción conforme a la definición del artículo 1.4.10.1.a del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, así como aquellas en las que se derriba una edificación existente y en su lugar se construye una nueva.
Las actuaciones subvencionables, por tanto, son las siguientes:
- Obras de demolición de viviendas en el marco del cumplimiento del artículo 4.3.7. de las vigentes Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
- Obras de renovación y nueva construcción de viviendas en sustitución de las demolidas en el marco de los artículos 1.4.10 y 1.4.10 bis de las vigentes Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.
- Gastos de los realojos derivados de las obras anteriores
- Costes de redacción de proyectos y dirección técnica o facultativa de las obras, informes técnicos y certificados
Las actuaciones subvencionables podrán estar sin iniciar, iniciadas o terminadas.
- En caso de encontrarse sin iniciar, deberán haber presentado en las dependencias municipales la correspondiente solicitud de licencia urbanística, declaración responsable urbanística o título habilitante equivalente.
- En caso de actuaciones iniciadas y/o terminadas, será requisito disponer de la perceptiva licencia urbanística, declaración responsable urbanística o de la orden de ejecución correspondiente. Se entenderá por actuación terminada, aquella que hubiera finalizado en los últimos 5 años anteriores a la publicación de la convocatoria.
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 500.000,00 €, distribuidos en un total de 150.000,00 € para la anualidad de 2025 y de 350.000,00 € para la anualidad de 2026.
Plazo de presentación de solicitudes: 15/07/2025 – 14/10/2025