La nueva modificación fue publicada el pasado 28 de diciembre de 2023 en el BOE, en dicha disposición en su artículo 3 se modificaba el Real Decreto 477/2021 de 29 de junio por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
Tras esta modificación, el plazo de vigencia del programa se extiende hasta el 31 de julio de 2024.
En la Comunidad de Madrid estás ayudas son gestionadas a través de FENERCOM.
Con fecha 12/02/2024, se ha publicado una ampliación del presupuesto de la convocatoria para los programas de ayudas de autoconsumo en la Comunidad de Madrid. Esta ampliación tiene como fin dotar de presupuesto a los expedientes ya presentados por lo que no supone una nueva apertura de plazo para nuevos expedientes.
Con fecha 22/03/2024, se modifica el punto 1.1.f del artículo 13.1 de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 28 de octubre de 2021 quedando redactado de la siguiente forma:
“Para todos los programas, siempre que se superen los 100 kW de potencia nominal, se aportará un informe que indique:
1. Un plan estratégico donde se indique el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes de la instalación y su impacto medioambiental, incluyendo el almacenamiento, los criterios de calidad o durabilidad utilizados para seleccionar los distintos componentes, la interoperabilidad de la instalación o su potencial para ofrecer servicios al sistema, así como el efecto tractor sobre PYMES y autónomos que se espera que tenga el proyecto. Podrá incluir, además, estimaciones de su impacto sobre el empleo local y sobre la cadena de valor industrial local, regional y nacional.
Este documento podrá ser publicado por la autoridad convocante de las ayudas y podrá ser accesible desde las publicaciones o páginas web del destinatario último referidas en el Artículo 20 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio”
Puede consultarse más información en:
Bases reguladoras
Convocatoria
Modificación de la Convocatoria
Modificación de las Bases Reguladoras
Ampliación de presupuesto en la Comunidad de Madrid
Modificación de la Resolución