Podemos comenzar por lo más sencillo, es decir, por explicar de manera rápida y sencilla qué es y para qué sirve tanto un Libro del Edificio Existente (LEEx) como un Proyecto de Rehabilitación Integral (PRI).
Entendemos el Libro del Edificio Existente (LEEx), como un documento que recoge la información general sobre un edificio construido antes del año 2000. Y por qué es tan relevante esa fecha, pues porque desde el año 2000 es obligatoria la confección del Libro del Edificio para aquellos que sean de nueva construcción. En este documento se nos permitirá garantizar la utilización adecuada del edificio y sus instalaciones, poder llevar a cabo una conservación del mismo y ejecutar obras posteriores de reparación o reforma.
Por otro lado, consideramos un Proyecto de Rehabilitación Integral (PRI) a aquel documento que comprende todos los trabajos necesarios para adecuar el edificio, bien sea una vivienda unifamiliar o un bloque de viviendas, a la normativa actual, teniendo en cuenta los aspectos de seguridad y condiciones funcionales adecuados.
Por todo esto, el Programa 5 busca apoyar a aquellos propietarios o Comunidades de Propietarios que quieran elaborar dichos documentos para contar con ellos de cara a las posibles mejoras de su edificio, o simplemente para alcanzar el correcto grado de conservación del mismo.
Uno de los principales requisitos que son necesarios para poder optar a este programa ya ha sido mencionado anteriormente, tiene que haber sido construido de manera previa al año 2000. Además, al igual que ocurría con el programa 3, al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante debe de tener uso RESIDENCIAL VIVIENDA.
Los únicos costes que son subvencionables en este programa son los relacionados con la redacción de los documentos indicados, pudiendo redactarse ambos o tan solo uno de ellos. Sin embargo, es importante reseñar que este programa es compatible tanto con el Programa 3 como con el Programa 4, así como con otras ayudas que no cubran el mismo tipo de actuaciones (en este caso la redacción documental), siendo posible solicitar un anticipo de hasta el 50% del importe subvencionable.
La cuantía a percibir por la elaboración de cada uno de los documentos dependerá del número de viviendas que conformen el bloque, existiendo unos topes máximos tanto para la redacción del LEEx como del PRI. Además, en el caso de la redacción del LEEx, se podrá obtener un 50% más de la cuantía indicada siempre y cuando no exista ITE o IEE previa sobre el edificio.
Nuestro compromiso, tanto con técnicos como con ciudadanos, es el mismo que en el resto de programas de la Orden 1429/2022 que gestionamos desde la Oficina de Rehabilitación del COAM, permitiendo con ello a la población avanzar en las medidas para conservar su edificio y conocer el estado actual del mismo de cara a poder hacer previsiones de futuro que ayuden tanto a la propia comunidad como al resto de la sociedad a vivir en un estado de salud y bienestar mayor que el actual.